
La Cámara Federal de Comodoro Rivadavia revocó la medida cautelar que, a pedido de la Asociación Rural de Tierra del Fuego, había dictado la jueza federal de Río Grande, Mariel Borruto.
Esta cautelar había suspendido por 30 días los efectos de la Resolución 460/2025 del Senasa, la cual autorizaba el ingreso de material reproductivo, carnes y productos cárnicos (incluyendo carne con hueso) desde zonas libres de aftosa con vacunacion hacia la Patagonia reconocida internacionalmente como zona libre de fiebre aftosa sin vacunación.
La decisión de la Cámara fue firmada por los jueces Javier Leal de Ibarra y Aldo Suárez, con la tercera vocalía vacante.
La jueza Mariel Borruto hizo lugar a la medida cautelar basándose en que la normativa impugnada, la Resolución 460/2025 del Senasa, carecía de fundamentación suficiente.
Específicamente, la jueza Borruto señaló los siguientes puntos en su resolución:
Falta de conformidad internacional: La resolución del Senasa mencionó que organismos de la República de Chile (SAG) y la Unión Europea (UE) habían expresado su conformidad con las nuevas condiciones sanitarias. Sin embargo, la jueza sostuvo que de las cartas de estos organismos se desprendía que no existía tal «conformidad», sino que estaba sujeta a controles o auditorías.