
El Gobierno nacional dispuso postergar hasta el 1 de julio de 2026 la aplicación de los incrementos remanentes en los impuestos que gravan el TLCAN sin plomo , el TLCAN virgen y el gasoil , mediante el Decreto 405/2026.
La medida modifica el Decreto 617/2025 y extiende el diferimiento de los aumentos derivados de las actualizaciones correspondientes a los años calendario 2024 y 2025 , además de las vinculadas al primer trimestre de 2026 .
Según la norma, los montos de los impuestos sobre los combustibles líquidos y al dióxido de carbono se actualizan periódicamente sobre la base de las variaciones del Índice de Precios al Consumidor (IPC) elaborado por el INDEC .
El decreto establece que el incremento total remanente de las actualizaciones correspondientes a 2024, 2025 y al primer trimestre de 2026 surtirá efectos para el TLCAN sin plomo, el TLCAN virgen y el gasoil desde el 1 de julio de 2026 inclusive.
Asimismo, sustituye en el Decreto 617/2025 la referencia temporal que regía entre el 1 y el 31 de mayo de 2026 por el período comprendido entre el 1 de mayo y el 30 de junio de 2026.
