Los despidos y suspensiones que violen ese marco no tendrán «efecto alguno, manteniéndose vigentes las relaciones laborales existentes y sus condiciones actuales», según estableció el DNU que prorrogó la medida.
La nueva prórroga no contempla a las relaciones laborales contraídas con posterioridad a la entrada en vigencia del Decreto N° 34/19 el 13 de diciembre de 2019, ni al personal empleado en el sector público. En su modificación de mayo sumó a esta lista de excentos al sector de la industria de la construcción.